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Historia

El Servicio Autónomo de Metrología de Hidrocarburos (SAMH) tiene por objeto medir los volúmenes y calidad de los hidrocarburos extraídos durante las actividades primarias. Así como, los volúmenes de los derivados de hidrocarburos en actividades de transporte y almacenaje, y cualquier otra variable sujeta a fiscalización por el Ministerio del Poder Popular de Petróleo

El SAMH se crea el 26 de febrero de 2007, bajo decreto No. 5219, publicado en Gaceta Oficial No. 38688 de fecha 22 de mayo de 2007, sin personalidad jurídica, con autonomía funcional y financiera, integrado al Ministerio del Poder Popular de Petróleo, bajo cuya supervisión funciona.

El SAMH tiene rango de Dirección General dentro de la estructura organizativa del Despacho del Viceministro de Hidrocarburos.

Los resultados de las mediciones realizadas por el SAMH, se consideran datos fieles y exactos de las cantidades verificadas, a los fines de la determinación de la Regalía, el Impuesto de Extracción, el Impuesto de Registro de Exportación, de las Ventajas Especiales Relacionadas con la Regalía, el Impuesto de Consumo Propio y el impuesto de Consumo General relativos a los derivados de hidrocarburos.

Competencias

  • Prestar el servicio de medición de volúmenes y calidad de los hidrocarburos extraídos (Actualmente se hace a nivel de terminales y plantas de distribución de combustible).
  • Instalar o hacer que se instalen, los equipos e instrumentos de medición necesarios para prestar el servicio (aguas arriba y aguas abajo de la Industria).
  • Mantener y calibrar los medidores de volúmenes y calidad de hidrocarburos y cualquier otra actividad o variable sujeta a fiscalización por parte del Ministerio del Poder Popular de Petróleo.
  • Fiscalizar debidamente en los puertos o terminales de embarque, llenaderos y plantas de distribución, los tramites y operaciones relativos a la comercialización de los hidrocarburos naturales y sus derivados, a objeto de que las cantidades y calidades reflejadas en la documentación respectiva, sirvan de base a todos los efectos previstos en la Ley Orgánica de Hidrocarburos.
  • Otorga permisos (autorización) a las empresas prestadoras de Servicios de Inspección y de Calibración.
  • Realiza seguimiento y acompañamiento en las actividades de calibración de los SMFTC estáticos y dinámicos.
  • Audita los SGC de los laboratorios de ensayos de la empresas operadoras.